IMPUESTOS ADUANEROS
- Abreu Asesoria Logistica
- 22 jul 2019
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 8 sept 2019
No existe una fecha concreta del origen de las aduanas, pero hay constancia que en Roma las aduanas existen desde la primera monarquía, y la creación se atribuye al Rey Anco Marcio, quien fundó el puerto de Ostia Antica (640-616 a.C.).
En Grecia las aduanas existieron desde los tiempos más remotos y de la importancia del tributo aduanero nos da una idea Aristóteles al decir que los ingresos ordinarios de los Estados griegos se limitaban a los patrimoniales sobre el consumo y los aduaneros, añadiendo que de estos últimos, obtenía el Estado ateniense sus mayores ingresos.
En República Dominicana por otro lado, ante la necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las aduanas, en el año 1845 el régimen independentista dictó la Ley Núm. 34 del 29 de mayo, sobre el Régimen de Aduanas, con medidas significativas como la naturalización de los buques y la expedición de las patentes de navegación. Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la Núm. 4761 del año 1907, varias veces modificada y, por último, derogada y sustituida por la Ley Núm. 4915 del año 1909.
A consecuencia de los grandes empréstitos que había obtenido el gobierno en el año 1916, las aduanas pasaron a ser administradas por el gobierno de ocupación militar norteamericano, de acuerdo con la convención suscrita al efecto en fecha 8 de febrero de 1907, para el cobro de la deuda externa.
El gobierno militar, en ejercicio de sus funciones, dictó varias órdenes ejecutivas destacándose la Núm. 589 del 31 de diciembre de 1920, denominada Ley sobre Aduanas y Puertos, que daba al oficial encargado del Servicio de Aduanas la potestad de reglamentación para la administración de ésta, reglamentación que tenía fuerza y efecto de ley.
La dirección y supervigilancia del servicio aduanero fue reintegrado al Gobierno Dominicano mediante Ley Núm. 429 del 20 de marzo de 1941, momento en que se terminó de pagar la deuda externa de la nación, poniéndose el servicio de arrimo y manejo de carga en los puertos bajo la Dirección General de Aduanas, mediante la Ley Núm. 595 del 31 de octubre de 1941.
La Orden Ejecutiva ya señalada, Núm. 589 del año 1920, estuvo vigente por más de 30 años, hasta que fue sustituida por la Ley sobre el Régimen de Aduanas, la Núm. 3489 de fecha 14 de febrero de 1953, la cual, aunque sigue el mismo formato que las anteriores, es mucho más amplia.
Esta ley sufrió algunas modificaciones en lo que respecta al Régimen Arancelario y a la denominación del organismo encargado de su administración y funciones por medio de la Ley Núm. 4705 de 1957.
Mediante la Ley Núm. 70 del 17 de diciembre de 1970, las funciones de arrimo fueron separadas de las funciones de aduanas, al crearse la Autoridad Portuaria Dominicana.
Aunque la Dirección General de Aduanas es una dependencia del Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, tiene autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio desde la promulgación de la Ley 226 del 2006.
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